Actuaciones subvencionables

Actuaciones iniciadas

Con posterioridad al 1 de febrero de 2020.

reducción del consumo de energía primaria

No renovable de al menos el 30%.

Reducción de la demanda energética anual

Global de calefacción y refrigeración de al menos el 35% en la zona climática D y E, y un 25% en la zona climática C.

En edificios de tipología residencial colectiva

Al menos el 50% de la superficie sobre rasante (excluidas planta baja e inferiores con usos compatibles, debe tener uso residencial de vivienda.

No serán subvencionables

Las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

Costes subvencionables

Adquisición de activos materiales

Obra civil vinculada a la actuación

Honorarios de los profesionales

Intervinientes en la ejecución de la actuación

Redacción de proyectos

Con la limitación de cuantía de la orden 57/2022.

Informes técnicos, certificados necesarios y gastos de tramitación

De la ayuda (límite de 7,5% de la cuantía de la ayuda concedida)

No se consideran costes subvencionable

Los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA podrá ser subvencionable cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Cuantía de las ayudas

Ahorro energético
conseguido con la
actuación

Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación


Vivienda


Locales comerciales u otros usos

Cuantía máxima de la ayuda por vivienda (euros)

Cuantía máxima de ayuda por vivienda en situación de vulnerabilidad económica (euros)

Cuantía máxima de la ayuda por m2 (euros)

Edificio plurifamiliar

Vivienda unifamiliar

30% ≤ ΔCep,nren < 45%

40%

6.300

15.750

20.250

56

45% ≤ ΔCep,nren

< 60%

65%

11.600

17.846

22.308

104

ΔCep,nren ≥ 60%

80%

18.800

23.500

26.750

168

Requisito de la solicitud

Todas las subvenciones deben estar presentadas de forma telemática y a través de un AGENTE GESTOR DE REHABILITACIÓN

Concesión de la ayuda

Por orden de solicitud

 

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Contestamos con brevedad

Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en Castilla-La Mancha

Plazo de Solicitud de la ayuda

De 24/05/2024 a 30/08/2024

El plazo de ejecución de las obras no podrá superar los 26 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda (ampliable excepcionalmente a 28 meses para edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas).

“La Concesión de las ayudas se realizará por orden de presentación”

actuaciones subvencionables

Actuaciones iniciadas

Con posterioridad al 1 de febrero de 2020.

reducción del consumo de energía primaria

No renovable de al menos el 30%.

Reducción de la demanda energética anual

Global de calefacción y refrigeración de al menos el 35% en la zona climática D y E, y un 25% en la zona climática C.

En edificios de tipología residencial colectiva

Al menos el 50% de la superficie sobre rasante (excluidas planta baja e inferiores con usos compatibles, debe tener uso residencial de vivienda.

No serán subvencionables

Las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

costes subvencionables

Adquisición de activos materiales

Obra civil vinculada a la actuación

Honorarios de los profesionales

Intervinientes en la ejecución de la actuación

Redacción de proyectos

Con la limitación de cuantía de la orden 57/2022.

Informes técnicos, certificados necesarios y gastos de tramitación

De la ayuda (límite de 7,5% de la cuantía de la ayuda concedida)

No se consideran costes subvencionable

Los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA podrá ser subvencionable cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Cuantía de las ayudas

Ahorro energético
conseguido con la
actuación

Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación


Vivienda


Locales comerciales u otros usos

Cuantía máxima de la ayuda por vivienda (euros)

Cuantía máxima de ayuda por vivienda en situación de vulnerabilidad económica (euros)

Cuantía máxima de la ayuda por m2 (euros)

Edificio plurifamiliar

Vivienda unifamiliar

30% ≤ ΔCep,nren < 45%

40%

6.300

15.750

20.250

56

45% ≤ ΔCep,nren

< 60%

65%

11.600

17.846

22.308

104

ΔCep,nren ≥ 60%

80%

18.800

23.500

26.750

168

Todas las subvenciones deben estar presentadas de forma telemática y a través de un AGENTE GESTOR DE REHABILITACIÓN”

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