PREGUNTAS FRECUENTES
Programa 3
La convocatoria en el apartado g del art. 11 de la resolución indica lo siguiente:
- g) Proyecto de la actuación a realizar o, en su defecto, memoria justificativa de la actuación, que deberán contar con la conformidad de la persona beneficiaria.
En el caso de que sea una memoria, se ajustará al contenido, estructura y orden establecido en el anexo V de esta resolución, que incluirá necesariamente la descripción, presupuesto desglosado por ámbitos de actuación y planos de la actuación. En ambos casos, deberá incluirse el Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley de Ordenación de la Edificación y un plan de actuaciones en el que se identifique la actuación propuesta.
Si no es de obligación el IEE, seria obligatorio al menos el Bloque II referido en el Anexo I del RD 853/2021 que regula los programas de ayuda, es decir, un estudio potencial la segunda parte del LEE.
Sin embargo, el Programa 5 se subvenciona el Leex, y este documento incluye IEE de forma obligatoria.
Si, sin embargo, no se descuenta la cuantía de redacción del libro del edificio existente al no ser este un coste a incluir en el programa 3.
Puedes encontrar toda la información en nuestra web: clmrehabitacion.es, o llamando por teléfono a las oficinas 967201531 o 633856828, además de la página de vivienda de castilla la mancha.
La Orden 57/2022, de 10 de marzo, dice lo siguiente:
“1º Edificios sujetos a algún nivel de protección, por formar parte de un entorno declarado o debido a su particular valor arquitectónico o histórico, en los que estén limitadas las actuaciones sobre los elementos que componen la envolvente térmica. No obstante, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir deben
cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación”.
Solo se admite un beneficiario de la ayuda por solicitud, hay un anexo donde acuerdan todos los propietarios quién será el solicitante y, por tanto, el beneficiario de la ayuda.
Justificación y cumplimiento de la norma ISO 20887
En los requisitos de los edificios objeto de rehabilitación, para varios de los programas (1/3/5). En sus respectivos apartados b) indica:
“Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en particular, demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje”.
El Anexo II es una declaración responsable de la exigencia de cumplimiento, sin embargo, en el proyecto hay que justificarlo.
Una herramienta valida podría ser RE10_V1_2.xlsm (live.com)
Entre en la siguiente página:
https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente
Elija la opción:
“Acceso a tus Trámites y Gestiones Electrónicos con la JCCM sin Certificado Digital”
En “Datos de identificación” indique el CIF o NIF del solicitante.
En “Datos de identificación del expediente” indique número de expediente o, si no dispone de éste todavía, el número de registro de la solicitud de ayuda.
Verá que, si el expediente no se ha cerrado, tiene la opción de añadir documentación en cualquier momento que necesite.
Programa 4
Si, además la memoria debe de estar estructurada según el Anexo VI.
En este caso parece claro que el técnico competente, es el redactor del proyecto
Para poder acceder a esta ayuda se debe de cumplir al menos con una de estas tres condiciones:
Que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 %
O una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
O que las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación
Si es necesario en la convocatoria del 2022, sin embargo en la del 2023, no es nesario.
Entre en la siguiente página:
https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente
Elija la opción:
“Acceso a tus Trámites y Gestiones Electrónicos con la JCCM sin Certificado Digital”
En “Datos de identificación” indique el CIF o NIF del solicitante.
En “Datos de identificación del expediente” indique número de expediente o, si no dispone de éste todavía, el número de registro de la solicitud de ayuda.
Verá que, si el expediente no se ha cerrado, tiene la opción de añadir documentación en cualquier momento que necesite.
Programa 5
No, pueden ser técnicos diferentes
Entre en la siguiente página:
https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente
Elija la opción:
“Acceso a tus Trámites y Gestiones Electrónicos con la JCCM sin Certificado Digital”
En “Datos de identificación” indique el CIF o NIF del solicitante.
En “Datos de identificación del expediente” indique número de expediente o, si no dispone de éste todavía, el número de registro de la solicitud de ayuda.
Verá que, si el expediente no se ha cerrado, tiene la opción de añadir documentación en cualquier momento que necesite